CANONES Y PRECIOS A APLICAR POR LA BOLSA DE MADRID EN EL EJERCICIO 2010
1. Por Operaciones 2. Admisión 3. Permanencia 4. Miembro
5. Tramitación 6. T.Extrabursátiles 7. Deuda Pública 8. Por Servicio
8. TARIFAS POR SERVICIO
8.1 Tratamiento de operaciones financieras

8.1.1. Trabajos correspondientes a Ofertas Públicas de Adquisición y a Ofertas Públicas de Venta.

A cargo de la entidad demandante se aplicarán las siguientes tarifas:

1.750 euros fijos por Bolsa interviniente.
145 euros por depositario interviniente.
1,45 euros por operación tratada.
Con un mínimo de 12.000 euros.
Con un máximo de 175.000 euros.

No será de aplicación el mínimo de 12.000 euros a las Ofertas Públicas de Adquisición de valores admitidos a cotización en una sola Bolsa, que no superen las 500 operaciones.

8.1.2. Trabajos correspondientes a emisiones, ampliaciones, suscripciones y pagos de dividendos en especies.

A cargo de la entidad solicitante, se aplicarán las siguientes tarifas:

87 euros por depositario interviniente.
0,42 euros por operación tratatada.
Con un mínimo de 3.500 euros.
Con un máximo de 30.000 euros.

La tarifa de prorrateo se determinará en función del trabajo a realizar, con un importe mínimo de 1.700 euros

8.1.3. Trabajos correspondientes a canjes, fusiones, conversiones, agrupaciones de valores y otras.

A cargo de la entidad solicitante, se aplicarán las siguientes tarifas:

200 euros por depositario interviniente.
0,75 euros por operación tratatada.
Con un mínimo de 6.000 euros.
Con un máximo de 50.000 euros.

Las tarifas de los puntos 8.1.1., 8.1.2. y 8.1.3. se incrementarán en un 25% cuando la tramitación de la operación financiera se realice en horario nocturno, sábados y festivos.

8.2 Precios por información

8.2.1. Boletín de cotización: es de libre acceso a través de internet y el resumen en disco anual tendrá un coste de 30 euros.

Anuncios:

  • Tarifa variable según extensión:
    Palabras: 0,70 euros/palabra.

8.2.2. Acceso de las entidades emisoras de valores admitidos a negociación a los medios de información:

Las entidades emisoras de valores admitidos a negociación satisfarán, por el acceso a los medios de información de esta Bolsa, que comprende la publicación de anuncios en el Boletín de Cotización, la publicación de la información trimestral y semestral de la entidad, el acceso a los medios de redifusión informática y la difusión, en el parquet de la Bolsa, a través de los medios establecidos para ello, la cantidad anual que corresponda de acuerdo con el siguiente detalle:

  • Los emisores de renta variable negociados en corros 750 euros con la excepción de las SICAV que satisfarán la cantidad de 500 euros.

  • Los emisores de renta fija la cantidad de 300 euros.

  • Las sociedades gestoras de fondos de inversión cotizados la cantidad de 1.500 euros.

  • Los emisores de valores negociados en el Sistema de Interconexión Bursátil:

    1.500 euros con carácter general salvo los emisores de valores negociados en la modalidad de fijación de precios únicos (fixing) que satisfarán el 50% y los emisores de warrants y certificados a los que se les aplicará, teniendo en cuenta el número de emisiones vivas al cierre de la última sesión del ejercicio anterior, el siguiente escalado:

    Mas de 100 emisiones 1500 euros.
    Menos de 100 emisiones 300 euros.

Los emisores con distintas emisiones satisfarán únicamente la cantidad correspondiente a la emisión con la mayor tarifa.

La aplicación del presente precio a las entidades emisoras excluirá la aplicación del precio por anuncio establecido en el segundo párrafo del apartado 8.2.1.

8.3 Precios por otros Servicios

8.3.1. Imputación de gastos de parquet:

Por cada mesa de Entidad no miembro de la Bolsa

  300 euros/mes.

Por cada mesa de parquet doble, no miembro de la Bolsa

  500 euros/mes.

Por cada mesa de miembro de la Bolsa que exceda de dos

  300 euros/mes.

8.3.2. Certificados.

Certificaciones individualizadas referidas a una misma sesión, 8 euros por el primer dato certificado y 2,35 euros por cada uno de los siguientes.

Certificaciones de cambios medios de un valor, 17,90 euros por el primero y 5,90 euros por cada uno de los siguientes.

8.3.3. Tarifa de comunicación de operaciones realizadas en los mercados regulados y Sistemas Multilaterales de negociación de BME.

La tarifa a aplicar por la prestación del servicio de comunicación de operaciones a la CNMV será de 0,01€ por operación comunicada, entendiendo como tal cada una de las negociaciones ejecutadas en los mercados o SMNs de BME, que haya sido negociada por el miembro de la Rectora en el Sistema de Interconexión Bursátil, en los Corros de Renta Variable y Renta Fija, en el mercado electrónico de Renta Fija, en el mercado de Deuda Autonómica, en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), y en el Mercado de Valores Latinoamericanos (LATIBEX), con un mínimo mensual de 250€. La periodicidad de esta tarifa será mensual.