CANONES Y PRECIOS A APLICAR POR LA BOLSA DE MADRID EN EL EJERCICIO 2012
1. Por Operaciones 2. Admisión 3. Permanencia 4. Miembro Descargar
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5. Tramitación 6. T.Extrabursátiles 7. Deuda Pública 8. Por Servicio
4. CANON POR MIEMBRO DE BOLSA
  1. Cada miembro de la Bolsa de Madrid satisfará un canon de incorporación a esta Bolsa, que ascenderá a 100.000 euros.

    El canon tendrá la consideración de condición necesaria para que el nuevo miembro pueda dar comienzo a sus operaciones en la Bolsa de Madrid y se satisfará por una sola vez, con carácter irrevocable y sin que dé derecho a devolución alguna en el supuesto de que la entidad se dé ulteriormente de baja como miembro, con independencia de la causa a la que esa baja responda.

    El canon no se aplicará a las entidades que, siendo ya miembros de alguna de las restantes Bolsas españolas, opten posteriormente por adquirir la condición de miembro de la Bolsa de Madrid.

    Este canon no se aplicará a quienes soliciten su incorporación para ser especialistas del Mercado de Fondos Cotizados.

    Consecuentemente, ese canon se abonará una sola vez y a la primera de las Bolsas españolas de la que la entidad en cuestión solicite ser miembro, sin perjuicio de los acuerdos alcanzados entre esas Bolsas a propósito de la distribución del importe de ese canon.

  2. Cada miembro de la Bolsa de Madrid satisfará un canon fijo de 2.900 euros anuales más un 0,001 por mil sobre el importe efectivo total (entendiendo por tal la suma de compras y ventas) que hubiera contratado en el año anterior. Estas cantidades se facturarán trimestralmente.