CANONES Y PRECIOS A APLICAR POR LA BOLSA DE MADRID EN EL EJERCICIO 2010
1. Por Operaciones 2. Admisión 3. Permanencia 4. Miembro
5. Tramitación 6. T.Extrabursátiles 7. Deuda Pública 8. Por Servicio
4. CANON POR MIEMBRO DE BOLSA
  1. Cada miembro de la Bolsa de Madrid satisfará un canon de incorporación a esa Bolsa, que ascenderá a 100.000 euros.

    El canon tendrá la consideración de condición necesaria para que el nuevo miembro pueda dar comienzo a sus operaciones en la Bolsa y se satisfará por una sola vez, con carácter irrevocable y sin que dé derecho a devolución alguna en el supuesto de que la entidad se dé ulteriormente de baja como miembro, con independencia de la causa a la que esa baja responda.

    El canon no se aplicará a las entidades que, siendo ya miembros de alguna de las restantes Bolsas españolas, opten posteriormente por adquirir la condición de miembro de la de Madrid.

    Consecuentemente, ese canon se abonará una sola vez y a la primera de las Bolsas españolas de la que la entidad en cuestión solicite ser miembro, sin perjuicio de los acuerdos alcanzados entre esas Bolsas a propósito de la distribución del importe de ese canon.

  2. Cada miembro de la Bolsa de Madrid satisfará un canon fijo de 2.900 euros anuales más un 0,001 por mil sobre el importe efectivo total que hubiera contratado, entendiendo por tal la suma de compras y ventas, en el año anterior. Estas cantidades se facturarán trimestralmente.